Mucho cuidado dónde dejas tu auto, pues no solo podría ser llevado al depósito, también puedes ganarte una fuerte multa.
Cómo saber dónde se puede y dónde no se puede estacionar
Es importante saber y recordar que según el Reglamento Nacional de Tránsito, un vehículo se encuentra estacionado cuando está detenido con o sin conductor en la vía pública por un tiempo mayor al necesario para dejar o recibir pasajeros o algún tipo de carga.
¿Cómo reconocer los espacios donde está prohibido estacionar?
Estas zonas están demarcadas con una línea continua de color "sólido amarillo" en el sardinel, y los destinados al legítimo estacionamiento de vehículos en la vía pública, con línea blanca.
¿Cuándo se considera “abandono de vehículo”?
Se considera el abandono de un vehículo, el hecho de dejarlo en la vía pública sin conductor, en lugares en donde no esté prohibido el estacionamiento, por un tiempo mayor de 48 horas. En los lugares prohibidos para el estacionamiento, se considera el abandono transcurridas 24 horas después de haberlo dejado el conductor. Mientras que en zonas rígidas, se considera abandono transcurrida una (1) hora.
¿En qué lugares tienen prohibidos los conductores estacionar sus autos?
De acuerdo al artículo 215 del Reglamento Nacional de Tránsito, está prohibido estacionar en los siguientes casos:
- En los lugares en que las señales lo prohíban.
- Sobre las aceras, pasos peatonales y rampas destinadas a la circulación de personas minusválidas.
- En doble fila, respecto a otros vehículos ya estacionados, parados o detenidos junto a la acera, cuneta o borde exterior.
- Al costado antes o después de cualquier obstrucción de tránsito, excavación o trabajos que se efectúen en la calzada.
- Dentro de una intersección.
- En las curvas, puentes, túneles, zonas estrechas de la vía, pasos a nivel, pasos a desnivel, cambios de rasante, pendientes y cruces de ferrocarril.
- Frente a entradas de garajes y de estacionamientos públicos o a la salida de una vía privada.
- Frente a recintos militares y policiales.
- Por más tiempo del permitido oficialmente, en lugares autorizados para el efecto.
- Fuera de las horas permitidas por los dispositivos de tránsito o señales correspondientes, en lugares autorizados para el efecto.
- Fuera de las horas permitidas por los dispositivos de tránsito o señales correspondientes, en lugares autorizados para el efecto.
- A una distancia menor de 5 metros de una bocacalle, de las entradas de hospitales o centros de asistencia médica, cuerpos de bomberos o de hidrantes de servicio contra incendios.
- A menos de 20 metros de un cruce ferroviario a nivel.
- Sobre o junto a una berma central o isla de tránsito.
- A menos de 10 metros de un paso peatonal o de una intersección;
- Diez metros antes o después de un paradero de buses, así como en el propio sitio determinado para la parada del bus.
- Diez metros antes o después de un paradero de buses, así como en el propio sitio determinado para la parada del bus.
- A menos de 3 metros de las puertas de establecimientos educacionales, teatros, iglesias, hoteles, y hospitales, salvo los vehículos relacionados con el local.
- A la salida de salas de espectáculos y centros deportivos en funcionamiento.
- En cualquier lugar que afecte la operatividad del servicio público de transporte de pasajeros o carga.
- En cualquier lugar que afecte la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o impida observar la señalización.
¡IMPORTANTE! Las sanciones pueden ir desde leves a muy graves, con una multa de S/206.00 hasta S/. 1,236.00; además de sumar de 5 a 70 puntos en el Récord de Conductor.