Es muy común ver en las calles a conductores que realizan giros en "U" cuando se encuentran con una vía congestionada ¿En qué casos se permite y en cuáles se convierte en una infracción?
En el Código de Tránsito se establece, en el artículo 201, la prohibición de efectuar giro en “U” en los siguientes casos: intersecciones, pasos peatonales, a menos de 200 metros de curvas, puentes, túneles, estructuras elevadas, cimas de cuestas y cruces a nivel y donde la señalización lo prohíba.
La señal que se utiliza para indicar esta prohibición es la de “No voltear en U” con los colores rojo y negro, típicos de las señales prohibitivas, y de fondo blanco. Significa que el conductor no debe hacer un giro de 180 grados o devolverse.
Generalmente, encontramos este tipo de señal de tránsito en cruces y vías congestionadas, donde hacer esta maniobra es riesgoso e impide la libre circulación de otros conductores.
Si ignoras esta señal, hay posibilidad de que te ganes una papeleta.
Asimismo, en los lugares donde esté permitido girar en U, se debe colocar las luces direccionales, por lo menos 20 metros antes de realizar la maniobra. Si no se toma esta precaución, también tendrá lugar una multa, como veremos a continuación.
Existen dos infracciones relacionadas con virar en U: cuando se realiza en lugares prohibidos o cuando se hace en lugares permitidos, pero no se hacen las señales pertinentes.
Infracción M35: Voltear en U sobre la misma calzada, en las curvas, puentes, pasos a desnivel, vías expresas, túneles, estructuras elevadas, cima de cuesta, cruce ferroviario a nivel.
Infracción G02: No hacer señales, ni tomar precauciones para girar, voltear en U, pasar de un carril de la calzada a otro o detener el vehículo.
Para la infracción M35, el monto a pagar es de S/. 618 y 70 puntos en el Récord del Conductor. El propietario es solidario.
Por su lado, para la infracción G02, se deberá pagar una multa de S/. 412 y el conductor se hará acreedor de 40 puntos en su récord.
Podrás girar en U, cuando no veas la prohibición de hacerlo y sea posible en una maniobra con prudencia. En calles más pequeñas o en sectores residenciales podría ser posible, pero siempre señaliza y hazlo con precaución. A veces en avenidas más grandes hay lugares especialmente habilitados para hacer ese giro en U, conocido muchas veces como "Retorno".
Si hiciste mal esta maniobra, tendrás que pagar estas papeletas. Es muy fácil; si quieres puedes ir personalmente a la agencia SAT más cercana, o bien puedes pagar la papeleta M35 o G02; o cualquier otra de manera online. Para hacerlo, haz lo siguiente: