En Perú, todo dueño de un vehículo automotor con 3 o menos años de antigüedad desde que fueron inscritos en el Registro de Propiedad Vehicular, debe pagar un impuesto por la propiedad de este bien.
Estas son las categorías que están afectas a este impuesto: automóviles, camionetas, station wagon, camiones, buses y omnibuses.
Primero, debes tener presente que el plazo corre desde el 1 de enero hasta el último día hábil de febrero para presentar tu declaración jurada para el pago de este gravamen.
En el caso de Piura, debes presentar tu declaración ante el SAT de Piura.
Para ello, debes cumplir con los siguientes requisitos:
Si has de declarar un vehículo nuevo, debes presentar:
Si vas a declarar un vehículo usado, debes presentar:
Luego, podrás pagar al contado o en cuotas que vencerán el último día hábil de los siguientes meses:
Debes tener presente que estas cuotas se reajustarán de acuerdo con el Índice de Precios al Por Mayor que publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
De acuerdo con lo establecido en el portal oficial, tendrás plazo para el pago de estas cuotas hasta el último día hábil de cada mes. Si te pasas, tendrás que asumir el costo de intereses por mora.
Para realizar el pago, de acuerdo con la información proporcionada por el Gobierno del Perú, puedes pagar de manera presencial en cualquier agencia SAT al número de cuenta que te proporcione el agente. Los medios de pago son: tu tarjeta de débito o crédito American Express, Visa, Mastercard, Diners Club, CitiBank, VisaElectron, Ripley, Metro, Topitop, La Curacao, Ace Home Center, Carsa y CMR Falabella. con el número de cuenta que te dieron.
Por otra parte, puedes también pagar en los bancos BanBif, Banco de Crédito del Perú, BBVA Continental, Interbank, Scotiabank, en La Caja Metropolitana y en Agentes Kasnet.
Este gravamen que has de pagar corresponde al 1% del valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio de tu vehículo.
Si no pagas, te expones a una multa tributaria, cuyos montos pueden oscilar entre el 15% y el 100% de la UIT. Esto depende de la fecha de la infracción, del tipo de la declaración jurada (inscripción o descargo), y del tipo de contribuyente.
Puedes contactarte a los siguientes teléfonos de 08:00 a 14:30 y de 16:30 a 18:00: