Es una oportunidad que brinda el SAT de adquirir un vehículo que ha sido embargado, debido a deudas de papeletas por infracciones de tránsito. El remate se produce posterior a la captura y el internamiento del vehículo, y con el cual el deudor salda su deuda la totalidad o parcial.
Orden de embargo vehicular: ¿qué implica y qué consecuencias conlleva?
1. Los vehículos a ser rematados son tasados por peritos especializados.
2. La tasación determina el precio base de cada vehículo.
3. Se convoca a remate vehicular mediante publicación en el diario oficial El Peruano.
Pueden participar del remate las personas naturales y jurídicas que gocen de la capacidad de ejercicio, es decir, que tengan la facultad de realizar actos válidos, suficiencia para adquirir derechos y administrarlos.
¡El propietario del vehículo (deudor) no puede ser postor en el remate!
Luego del remate vehicular, el SAT solicita el levantamiento de las cargas registrales; y si en caso hubiera orden de captura, el adjudicatario solicita al juzgado el levantamiento de captura. Este trámite puede tardar de dos a seis meses.
¿Cómo puedo saber si un vehículo tiene una orden de captura?